Si el matrimonio fue celebrado en el Ayuntamiento o
Registro Civil, estos serán los documentos que generalmente te pedirán que
presentes:
1.Acta de nacimiento del cónyuge español
2.Fotocopia del pasaporte completo del cónyuge
español
3.Certificado de empadronamiento del cónyuge español
4.Fotocopia compulsada del DNI
5.Acta de manifestaciones del estado civil anterior
a ese matrimonio
6.Acta de nacimiento del cónyuge extranjero
7.Acta de matrimonio
8.Manifestación consular sobre el estado civil
anterior al matrimonio del cónyuge extranjero
Este listado de documentos puede variar dependiendo
de las circunstancias de cada caso.
Si el matrimonio fue religioso (de los reconocidos
por España):
1.Certificación eclesiástica del matrimonio.
2.Certificado de nacimiento del cónyuge español
3.Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero.
4.Copia compulsada del DNI del cónyuge español.
5.Certificado o volante de empadronamiento del
cónyuge español.
6.Fotocopia del pasaporte completo del cónyuge
español
7.Acta de manifestaciones del estado civil anterior
a ese matrimonio
8.Acta de nacimiento del cónyuge extranjero
9.Manifestación consular sobre el estado civil
anterior al matrimonio del cónyuge extranjero
Con esta documentación se va a poder solicitar la
inscripción del acta de matrimonio que se celebró en el extranjero.
Observaciones
- Esta gestión es muy frecuente sobre todo en los casos en los que dos extranjeros estaban casados en su país de origen y luego uno de ellos consigue la nacionalidad española. Desde ese momento, se puede hacer la inscripción del matrimonio como española en el Registro Civil español y el cónyuge extranjero podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de comunitario.
- Una vez solicitada la cita, tendréis que personaros los dos el día de la cita para la inscripción del matrimonio extranjero en el Consulado de España en el país de origen. Esto puede dar problemas porque si uno de ellos está en España y no puede viajar, puede hacer un poder notarial y enviarlo legalizado o apostillado para que el otro cónyuge lo presente el día de la cita.
- Para poder hacer la inscripción del matrimonio mediante poder notarial debe haber una causa justificada que impida el viaje de la persona que otorga el poder notarial.
- No se puede inscribir en España matrimonio celebrado en el extranjero entre extranjeros. Tan sólo los celebrados entre extranjeros en España o en el extranjero cuando al menos uno de los dos sea español o los dos sean españoles.
- Puede darse el caso de dos españoles que se casan fuera de España porque están pasando una temporada en otro país y se casan allí. Cuando quieran que tenga efectos en España, tendrán que inscribirlo en el Registro Civil español, a través del consulado de España en el país donde se han casado o en el Registro civil en España si ya han regresado a España.
- Si se trata de un matrimonio entre una persona extranjera y una persona de nacionalidad española, tendrán que inscribirlo en el Registro Civil español a través del consulado donde se encuentra el extranjero. Un caso típico es el de una mujer que no puede viajar o no es recomendable porque está embarazada de muchos meses y entonces, con un certificado médico y el poder notarial legalizado o apostillado, se puede inscribir el matrimonio.
Fuente:
Si desea más información, puede solicitarla a través de CONTÁCTANOS o en nuestros teléfonos 676 662 046 / 667 295 167
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